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Editorial

Editorial: Funcionarios públicos en año electoral

MARTES, 23 DE MAYO DE 2017
Publicado por

Equipo de Corresponsales



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Dos cónsules fueron removidos la semana pasada por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Se trata de las autoridades en Mendoza y Panamá, Juan Pino y Cristián Jara, respectivamente, por expresar su apoyo a candidatos presidenciales: Pino dio a conocer su respaldo a Alejandro Guillier; mientras que Jara Brito manifestó públicamente su preferencia por el senador Manuel José Ossandón.

Tras esto el gobierno actuó y se aferró a la legalidad para respaldar su decisión. Especialmente porque se trata de un año electoral y donde este tipo de situaciones amenaza con repetirse si no se toman las medidas adecuadas.

Resulta casi imposible pretender que los funcionarios de gobierno o del Estado no tengan una postura política o una preferencia por algún candidato en particular. Sí se les debe exigir –a la hora de manifestar esta alternativa- que se haga bajo parámetros que no afecten su labor.

Y este punto es clave: el artículo 195 de la Ley 18.700 sobre votaciones populares y escrutinios, establece que los funcionarios del servicio exterior no pueden apoyar públicamente una candidatura en período de campaña electoral. A este dato se suma que en las próximas elecciones los cónsules serán presidentes de las juntas electorales en el país en el que están trabajando.

Además, ambas decisiones del Ministerio de Relaciones Exteriores demuestran haberse tomado bajo el amparo de la ley y no bajo una lógica ideológica, como algunos erróneamente quisieron presentarla, ya que aquí fueron sancionados dos funcionarios que apoyaron a un candidato de oposición y otro de la coalición de gobierno.

Pero este es un año electoral y, por lo tanto, se presume que habrá participación de otro tipo de funcionarios del Estado en las campañas de este año, teniendo en cuenta que son dos los candidatos oficialistas que –hasta el momento- irían en la papeleta de noviembre.

Por ello, no sería extraño ver en los próximos meses a funcionarios del actual gobierno desplegarse para hacer campaña, ejerciendo esta posibilidad como cualquier ciudadano.

Ser funcionario público no prohíbe sentir cercanía, simpatía o derechamente preferencia por algún candidato en particular. Tampoco deberían existir limitantes si esta preferencia es por un candidato ajeno al gobierno de turno. Eso sí, cualquier conducta de este tipo debe darse bajo ciertos límites: Fuera del horario de trabajo, que  no afecte ni interfiera en su labor, que no se utilicen recursos públicos y, especialmente, que sus conductas no estén reñidas con lo que establece la ley.

 


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