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Bancada por la infancia presenta proyecto que prohíbe maltrato a menores

DOMINGO, 10 DE AGOSTO DE 2014
Publicado por

Diana Cabezas Abarca


A través de un proyecto, parlamentarios buscarán modificar el código civil, la prohibición de castigos corporales y trato humillante o degradante contra niños, niñas y adolescentes.


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La iniciativa apunta directamente a la protección de los menores de edad y adolescentes del país.

La iniciativa apunta directamente a la protección de los menores de edad y adolescentes del país.

Senadores de diversos conglomerados políticos que integran la “Bancada de la Infancia”, dieron a conocer una iniciativa que apunta directamente a la protección de los menores de edad y adolescentes del país.

El senador PS Juan Pablo Letelier, señaló en conferencia de prensa que “en nuestro país se ha tomado consciencia de que los niños son sujetos de derecho, y lo que queremos hacer al presentar esta modificación a la Ley es generar un marco más amable que permita hacer del proceso de corrección y educación de los niños una tarea que no implique el ejercicio de violencia física o psicológica”.

“Queremos transmitir que ni los padres ni los cuidadores pueden ejercer la violencia sobre ellos (niños o niñas). Existen otras maneras de enseñar y de educar, sin usar la violencia o el poder mayor de un adulto sobre niños y niñas”, detalló el parlamentario.

Por último, reiteró que “nuestro esfuerzo transversal como bancada apunta, especialmente en este mes en que celebramos el “día del niño”, a que la sociedad entienda que lo comercial debe estar en segundo plano, privilegiando hacer realidad la Convención de Unicef en materia de derechos de la infancia en nuestro país”.

El texto legal indica que “queda prohibido a los padres o responsables y a toda persona encargada del cuidado, educación, tratamiento o vigilancia, en forma temporal o permanente de niños, niñas y adolescentes, utilizar el castigo corporal o cualquier tipo de trato humillante, cruel o degradante, como método de disciplina y corrección de ellos”.

“La contravención a lo dispuesto precedentemente, podrá dar lugar, previa declaración judicial, a la pérdida del cuidado, la tuición o de la patria potestad, según correspondiere, todo ello, sin perjuicio de las demás  medidas de protección judiciales o administrativas que correspondiere aplicar a la autoridad competente”, agrega la iniciativa legal.


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