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Policial

Tribunal declara culpable a acusado de cometer cuatro violaciones contra menor de edad

VIERNES, 9 DE OCTUBRE DE 2015

Sentencia será conocida este martes.


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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, por decisión unánime, dictó veredicto condenatorio en contra de Mauricio Alberto Alegría Correa  por cuatro delitos de violación, en contra de D.B.M.D., ocurridos en Osorno y San Bernardo, cuando la víctima tenía menos de 14 años.

El fallo establece que  «no existió controversia entre los intervinientes, de que el acusado y la madre de la ofendida, iniciaron una relación de convivencia en el año 2003 aproximadamente y que ésta concluyó en mayo de 2014, con diversas interrupciones durante su vigencia. (…) Igualmente no se controvirtió que (…) el acusado es el padre del menor de iniciales D.F.A.M.M., nacido en mayo del 2014, fruto de las relaciones sexuales que mantuvo con la víctima, entre los meses de agosto y septiembre del 2013.»

En relación al delito de violación impropia, el fallo indica que «la prueba de cargo antes referida tuvo la fuerza necesaria para comprobar, más allá de toda duda razonable, que el acusado Alegría Correa, desde que la víctima tenía 12 años de edad, la penetró, en más de una oportunidad, sin que se pudiera precisar el número exacto de veces, las fechas de su ocurrencia, ni el detalle de cada una de las oportunidades en que se produjeron dichas agresiones».

En cuanto a los delitos de violación del artículo 361, número 1, del Código penal los jueces indicaron que «el presupuesto fáctico de este delito es el acceso carnal a una persona menor a 14 años de edad. La acusación sindicó que el acusado perpetró estos hechos en la ciudad de Osorno, cuando la menor contaba con 12 años de edad”.

Por el contrario, y por igual quórum, el tribunal decidió absolver a Alegría Correa de los cargos que lo sindicaban como autor de delitos de abuso sexual impropio. Los magistrados indicaron que respecto a la absolución «El Tribunal decidió dictar veredicto absolutorio respecto de este hecho, pues la prueba de cargo no resultó suficiente para acreditar los supuestos fácticos de esta parte de la acusación (…)».

La audiencia de lectura de la sentencia quedó fijada el martes 13 de octubre a  las 14:20 horas.


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