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Policial

Agresión de carabinero con bomba lacrimógena: Fiscal dice que era "factible poder quitarle la vida"

JUEVES, 5 DE MARZO DE 2020
Publicado por

Erika Pulgarin

Periodista El Tipógrafo

El persecutor se refirió al caso del uniformado de Fuerzas Especiales que fue formalizado por homicidio frustrado y quedó en prisión preventiva.


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El funcionario de Carabineros de Fuerzas Especiales, que está siendo investigado por la justicia por agredir con una bomba lacrimógena a un hombre, en medio de manifestaciones por el estallido social, quedó en prisión preventiva y fue formalizado por el delito de homicidio frustrado.

El hecho ocurrió el 13 de diciembre de 2019, cerca de las 23 horas en la intersección de avenida Alameda Bernardo O’Higgins con calle Freire, momento en que el efectivo de la policía disparó una lacrimógena directo a la cabeza de este hombre de 32 años.

La persona fue gravemente herida y debió ser trasladada al Hospital Regional de Rancagua.

En la audiencia de formalización de este jueves, el fiscal jefe de Rancagua, Javier Von Bischoffshausen, destacó que los antecedentes son bastante graves, e hizo hincapié a que la víctima se encontraba parada, de espalda y con sus manos cruzadas, “es decir, no estaba realizando ninguna acción que permitiera, según el protocolo de Carabineros, hacer uso de la fuerza”.

“Cualquier persona puede llegar a la conclusión de que si nosotros disparamos un arma de fuego a metros de distancia a la cabeza, es factible poder quitarle la vida, concretamente matarla. Es por ello que la Fiscalía lo formalizó por homicidio frustrado y el tribunal accedió a  la tesis del Ministerio Público, decretando la medida cautelar de prisión preventiva”, destacó el persecutor.

El fiscal además explicó cuál es la pena que arriesga el imputado: “el delito de homicidio tiene una pena que parte en 10 años y un día, al ser frustrado la pena que arriesga es de 5 años y un día a 10 años de privación de libertad”.

“Evidentemente no se cumplieron -los protocolos de Carabineros-, y este tema es bastante relevante, por cuanto, la carabina lanzagas es de 37 milímetros. Tanto por descripción del fabricante, cuanto por instrucción de Carabineros, debe lanzarse con un ángulo en parábola de 45 grados y jamás, y lo dice expresamente el reglamento de Carabineros, se puede lanzar en dirección al cuerpo de una persona”.

El persecutor además puntualizó que “si se hubiera cumplido con el protocolo efectivamente hablaríamos de un arma que no es letal en cuanto a los compuestos químicos, pero al dispararle al cuerpo de una persona evidentemente por descripción de los propios fabricantes y el reglamento de Carabineros es un arma letal. Eso fue lo que utilizó el imputado en esta causa”.


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