PUBLICIDAD
Actualidad

Sename: Fuga de asesino de Joaquín Fernández "no es legalmente un nuevo delito", y "no habrá variación en la condena" 

JUEVES, 13 DE FEBRERO DE 2020
Publicado por

Erika Pulgarin

Periodista El Tipógrafo

La institución expresó que  habrá una nueva evaluación sobre su proceso de intervención y reinserción social.


PUBLICIDAD

Luego de estar prófugo desde finales del mes de enero, este miércoles el homicida del joven estudiante rancagüino Joaquín Fernández, fue capturado por Carabineros en la localidad de Lo Miranda, en Doñihue.

Luego de pasar a control de detención en el Juzgado de Garantía, se determinó que debía volver al centro de régimen cerrado de Graneros.

Ante el reingreso del joven al mismo recinto de donde se fugó, la dirección regional del Sename informó que es en este lugar donde deberá continuar el cumplimiento de su condena.

Además estableció que tras haber infringido el beneficio de salida por apresto laboral a fines de enero, tal beneficio fue revocado.

Ahora habrá una nueva evaluación sobre su proceso de intervención y reinserción social.

Se destacó desde el Sename que la infracción de su beneficio «no es legalmente un nuevo delito», por lo cual «no hay variación en la condena ya establecida por la justicia». 

Según informó el organismo público, el condenado infringió el beneficio de salida por apresto laboral a fines de enero.

En este sentido, el servicio explicó que «cada vez que un adolescente ingresa a un centro de régimen cerrado, se analiza su caso y se evalúa el proceso que deberá cumplir, generando espacios que contribuyan a la responsabilización del delito que cometió, para concretar su reinserción social».

Por ello, «es facultad del director de cada centro el otorgar beneficios con fines educacionales o laborales a aquellos jóvenes que cumplen ciertos requisitos».

Así lo indica el artículo 134 bis, de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (LRPA), que dice que «salida con fines educacionales, laborales y de capacitación. Se entenderá por ésta, la autorización otorgada por el director del centro, para que aquellos adolescentes que, habiendo cumplido a lo menos un cuarto de la pena, puedan salir durante la semana, por un período no superior a diez horas diarias, con el objeto de concurrir a establecimientos laborales o instituciones de capacitación laboral y/o formación educacional, con el fin de desempeñar trabajos, cursar estudios o realizar otras actividades similares”.

El Sename asegura que «para tomar estas decisiones cada director de un centro cuenta con informes técnicos sobre el o los jóvenes que postulan a estos beneficios».

 

 


PUBLICIDAD
Comentarios

Cargando...
PUBLICIDAD
Loading...