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Columnas de Opinión

[Opinión] Sobre el proyecto de eutanasia

MARTES, 30 DE ABRIL DE 2019
Publicado por

Equipo de Corresponsales



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Como “histórico” y un “logro para la oposición” fue catalogada la aprobación por parte de la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados —que no ha sido discutida en Sala— del proyecto de ley que busca regular y permitir la eutanasia en Chile.

Así, vemos con preocupación la liviandad con que un sector político levanta, adelantadamente, banderas y consignas fundadas en una mal entendida “dignidad” o “libertad” del ser humano como principios inspiradores del proyecto.

Aunque no lo parezca, son esos mismos principios los que permiten sostener la inviabilidad de prácticas eutanásicas. Desde un prisma lógico, es el ser humano “vivo” —entendiendo “vida” como bien jurídico fundacional— quien posee el atributo inalienable de la dignidad; y es únicamente el ser humano “vivo” quien puede ejercer, o no, su libertad. Así, la supresión de la vida —eutanasia— no es, sino, la negación absoluta de la dignidad y la libertad.

Asimismo, se presentan gruesos cuestionamientos a la racionalidad y validez de la decisión de un paciente que se encuentra en estado terminal, y mucho más, como pretende validar el proyecto, de aquellos pacientes cuya siquis, producto de la enfermedad, se ha visto deteriorada. Por ello, llama la atención las declaraciones del presidente de la Comisión de Salud, Ricardo Celis, defendiendo como causal de procedencia de la eutanasia el “dolor síquico”, argumentando contradictoriamente que: “Cuando una persona tiene un dolor físico enorme, también tiene dolor síquico, su siquis tampoco está en óptimas condiciones”.

Por ello, resulta indispensable para una discusión seria distinguir y delimitar conceptos, lo cual no parecieran tener presente en la Comisión de Salud, confundiéndose en los distintos proyectos de ley refundidos por la Cámara nociones radicalmente diferentes como son: el derecho a rechazar tratamientos médicos, la limitación del esfuerzo terapéutico, medios paliativos, medidas de soporte vital (ordinarias y extraordinarias), entre otros, cuya aplicación no implica prácticas eutanásicas.

En efecto, ya en 2013 publicamos una investigación en que se precisan y distinguen conceptos desde un prisma esencialmente penal, pues sea cual sea la forma en que se presente el debate, eutanasia no es otra cosa que “matar a otro”, lo cual constituye actualmente un homicidio punible en Chile.

Alejandro Leiva López
Profesor-Investigador en Derecho Penal
Universidad Finis Terrae


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