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Derecho a retracto en educación superior

MARTES, 15 DE ENERO DE 2019
Publicado por

Columna de Opinión



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A partir del martes 15 y hasta el próximo 24 de enero, los estudiantes que ingresan a primer año de la educación superior tendrán plazo para poder ejercer el derecho a retracto, el cual les permite desistir de algún contrato firmado previamente con otra entidad educacional.

El derecho a retracto implica que los jóvenes, que ingresarán a primer año de una carrera o programa de pregrado, que se matricularon en una casa de estudios, pueden desistirse del contrato celebrado previamente con otra entidad educacional, dentro de un plazo de 10 días corridos contados desde la primera publicación de los resultados de las postulaciones a las universidades pertenecientes al Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas.

El derecho a retracto es aplicable a todas las instituciones de educación superior: universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica, independiente en cuál de ellas se haya producido la primera o segunda matrícula.

Eso implica que el establecimiento no puede cobrar por los servicios respecto de los cuales el alumno se desistió. Además, debe devolver lo pagado por la matrícula y la documentación que respalda el pago del año, dentro del plazo de 10 días corridos desde que el alumno ejerció el derecho de retracto.

También implica que la institución sólo podrá retener de lo pagado hasta el 1% del arancel anual de la carrera por concepto de costos de administración.

Mientras esté vigente el plazo de retracto, las instituciones no pueden negociar los documentos que han recibido, en respaldo del periodo educacional respectivo. Es decir, éstos no pueden ser objeto de una operación de factoring, endosarlos o darlos en garantía; y tampoco entregarlos en comisión de cobranza, ni realizar ninguna otra operación semejante.

Para ejercer el derecho a retracto, el primer paso que deben realizar los estudiantes es presentar el comprobante de la segunda matrícula ante la institución con la que originalmente se contrató.

Además, acompañar el comprobante de la segunda matrícula, idealmente con una carta, en la que manifieste que se quiere ejercer el derecho a retracto donde quede bien clara la fecha. El formato se puede descargar de www.sernac.cl/retracto

Es aconsejable pedirle a la institución que timbre o firme una copia de la carta de manera que quede constancia de la fecha en la que se hizo efectivo el derecho, por si hay problemas posteriores.

Las instituciones de educación superior están obligadas a respetar este derecho, lo que significa que deben devolver lo pagado y los documentos, en un plazo de 10 días, desde que se ejerció el retracto.

Efraín Contreras Bolla

Director Regional (s) del Sernac

Región de O’Higgins


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