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Política

Gobierno defiende impuesto específico a los combustibles ante críticas de parlamentarios

MARTES, 25 DE SEPTIEMBRE DE 2018
Publicado por

Jaime Castañeda

Editor El Tipógrafo

Diputado Raúl Soto afirma que la medida castiga a la clase media, mientras que el seremi de Hacienda valora su importante rol recaudador.


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Como una situación preocupante calificó el diputado Raúl Soto (DC) el constante aumento en el valor de la bencina, lo que “afecta de forma directa al bolsillo de la clase media”, afirma.

Soto pide al gobierno revisar el impuesto específico al combustible en el contexto de la tramitación del proyecto de “modernización tributaria” que se debate en la Cámara de Diputados.

“Proponemos al gobierno abrirse a revisar la situación del impuesto específico al combustible y ver la posibilidad de rebajarlo e incluso de eliminarlo, de manera tal que podamos quitar la carga que hoy esta sobre los hombros de la clase media”, sostuvo el legislador del distrito 15.

Asimismo, remarcó que “si bien sabemos que este es un impuesto que reporta una recaudación muy alta y que es significativa para realizar beneficios sociales y políticas públicas que van en beneficio a la población, no podemos pretender seguir afectando con ello a la clase media”.

El parlamentario propone “otras vías de recaudación fiscal y para eso el gobierno tiene que abrirse a incluir en el proyecto de modernización tributaria el principio de progresividad, y así considerar un aumento a los impuestos a las grandes empresas y a las personas más ricas del país”.

Frente a ello el ministro de Hacienda, Felipe Larraín, defendió la medida estatal aduciendo que “ayuda a financiar los programas sociales”.

En esta línea el seremi de Hacienda de O’Higgins, Alejandro Álvarez, explica que “lo importante de este impuesto es principalmente su rol recaudador, es decir, son $2.500 millones de dólares que ingresan como aporte fiscal que, sin duda, financian un programa de gobierno que es ambicioso en materia social”.

El secretario regional dice que “algunos critican ese rol recaudador de recursos fiscales principalmente porque consideran que para eso puede existir un alza de impuestos en otras áreas, etcétera, pero ojo, que el impuesto a los combustibles también tiene una parte verde, es decir, ecológica. Cuando sube el combustible hay personas que tienden a no usar más el auto, por lo tanto las ciudades están menos congestionadas, existe menos contaminación”.

Además precisó que “existe el Mepco, que claramente es el Mecanismo de Estabilización del Precio de los Combustibles, que amortigua el alza y eso es importante porque, si no existiera, el alza sería mucho mayor. La mayor alza semanal que permite es $5,8 por litro. Por ejemplo, si hoy día la gasolina de 93 subió $31, habría subido casi $60”.

¿Qué es el impuesto específico a los combustibles?

El alto precio de la bencina y el debate por una modernización tributaria ponen nuevamente en discusión la conveniencia de mantener el impuesto específico a los combustibles, el cual se aplica por ley 18.502 del año 1986. Este se aplica al consumo de gasolinas automotrices, petróleo diésel, gas licuado de petróleo de consumo vehicular y gas natural comprimido de consumo vehicular. El objetivo de esta norma fue aplicar dichos tributos para financiar la reconstrucción de caminos y carreteras producto del terremoto que afectó la zona central el 3 de marzo de 1985.

El impuesto está formado por un componente base y otro variable. El componente base se desglosa en Gasolina automotriz: 6,0 UTM por m3; Petróleo diésel: 1,5 UTM por m3; Gas natural comprimido: 1,93 UTM por 1.000 m3; Gas licuado de petróleo: 1,40 UTM por m3.

El componente variable sumará o restará al componente base según lo establece la ley N° 20.493 del año 2011. En el componente variable se encuentra el llamado “Mepco”, mecanismo de estabilización de los precios de venta de los combustibles. Esta norma indica que el referido componente se calcula considerando las diferencias entre los precios de paridad en la importación con los precios de referencia superior e inferior calculados a partir del precio de referencia intermedio,  lo cual se determina semanalmente a excepción del gas natural comprimido para el cual se consideran los precios del gas licuado de petróleo para uso vehicular.

La determinación del componente variable es publicada semanalmente por  el Ministerio de Energía, mediante Decreto Supremo.

Por otra parte, otros combustibles que se utilizan actualmente en el país y que no están afectos al impuesto específico al combustible son el combustible para aviación (Jet A1, AVGAS), Biodiesel y Bioetanol.

El Biodiesel y el Bioetanol son combustibles orgánicos que se utilizan en combinación con los combustibles derivados del petróleo tales como el diésel y gasolinas automotrices. Por su parte los combustibles Jet A1 y AVGAS son utilizados en la industria aeronáutica.

Estos combustibles no están afectos al impuesto específico a los combustibles, pero sí al Impuesto al Valor Agregado (IVA).


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