PUBLICIDAD
Actualidad

Compras de fin de año

MARTES, 14 DE NOVIEMBRE DE 2017
Publicado por

Cartas al Director



PUBLICIDAD

 

Señor Director:

Frente a la inminente alza en los precios de bienes y servicios, a consecuencia de las fiestas de fin de año se ha aludido como justificación, la mayor demanda. Ahora bien, esto no impide que se respeten los derechos de los consumidores.

Como en circunstancias normales, estos tienen derecho a elegir libremente el bien o servicio a contratar, recibir información veraz y oportuna, conocer el precio del producto o servicio, las condiciones de contratación, características del producto o servicio, a no ser discriminado arbitrariamente, etc. Por lo cual, en caso de incumplimiento por parte del comerciante, el proveedor del servicio podría verse obligado a reparar e indemnizar tanto daños materiales como morales.

Por otra parte, si se compra vía medios electrónicos o cualquier otra forma de compra a distancia, debe tenerse especial consideración.

La Ley 19.496 de protección de los derechos de los consumidores da la posibilidad al consumidor de dar término unilateralmente al contrato en el plazo de 10 días contando desde que éste descarga y almacena en formato archivo, los términos y condiciones contractuales del servicio contratado y, hasta que el servicio se haya prestado.

A Lo anterior se le denomina derecho a retracto, cuya consecuencia principal es la obligación que tiene el proveedor de restituir las sumas abonadas al consumidor a la brevedad y sin retenciones.  En suma, ante estas alzas referidas el llamado a los consumidores es a cotizar e informarse, pues la Ley 19.496 es aplicable aún en casos de contingencia de mercado, como son las festividades de fin de año.

Andrés Bustos Díaz

Director departamento de Derecho Comercial de la Universidad Andrés Bello


PUBLICIDAD
Comentarios

Cargando...
PUBLICIDAD
Loading...