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Economía

Reforma al Código de Aguas: Comisión del Senado toma polémica decisión de poner fin a perpetuidad en nuevos derechos

JUEVES, 15 DE JUNIO DE 2017
Publicado por

Equipo de Corresponsales


El presidente de la Federación de Productores de Fruta de Chile (Fedefruta), Luis Schmidt, calificó la decisión del Senado como lamentable.


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Este martes la Comisión Especial de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía del Senado aprobó, por tres votos contra uno, el concepto presente en el artículo 6 del Código de Aguas, inciso primero, que establece que el derecho real de aprovechamiento es de carácter temporal y no perpetuo como se establecía anteriormente.
La polémica decisión tiene como una de sus principales impulsoras a la senadora PPD Adriana Muñoz, quien se refirió al tema en el programa ‘Política en vivo’ de la radio Universidad de Chile.
“Resulta poco racional apegarse tanto a una lógica del agua como un bien de consumo que se vende, se transa en el mercado cuando es un bien finito, en determinado momento se nos puede acabar”, comentó la parlamentaria.
La legisladora agregó que la oposición ya ha mencionado sus planes de llevar al Tribunal Constitucional algunos artículos de la reforma que ya han sido aprobados por la Comisión Especial.
El presidente de la Federación de Productores de Fruta de Chile, Fedefruta, Luis Schmidt, calificó la decisión del Senado como lamentable, y agregó: “Creemos que no pueden coexistir para los mismos derechos de aprovechamiento de agua, unos de primera clase y otros de segunda. Este concepto podría ser incluso inconstitucional, al poseer características de discriminación”.
Mientras que la aprobación de este artículo no afectará a quienes posean derechos de aprovechamiento de agua con anterioridad a la reforma; los derechos que se obtengan luego de aprobada la ley serán temporales y otorgados en forma de concesión, no de propiedad.
Según Sebastián Leiva, socio y abogado de Araya & Cía., el proyecto de ley “establece la posibilidad de caducar los derechos de agua por una decisión arbitraria tomada por parte de la autoridad administrativa”, que en este caso será la Dirección General de Aguas, DGA.
Para el abogado, de aprobarse el proyecto de ley como se encuentra actualmente, «la autoridad podrá -arbitraria y antojadizamente- investigar, resolver y extinguir derechos de agua a agricultores, lo que los llevaría a pedir nuevamente estos derechos pero ahora bajo la nueva normativa, es decir, con la característica de ser temporales», con una limitación de 30 años.
Aun así, Leiva señaló que la Reforma al Código de Aguas «es todavía un proyecto de ley que se encuentra en una comisión especial, pero no significa que el proyecto se apruebe, pues debe ser sometido a otras tramitaciones en el Senado».


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