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Dirección del Trabajo aplica sanciones en la Región de O’Higgins por prácticas antisindicales

VIERNES, 29 DE JULIO DE 2016
Publicado por

Patricio Hernández


La Cormusaf y la constructora Gardilicic Ltda, fueron multadas con 75 UTM cada una.


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La Dirección Trabajo publicó el listado de sentencias condenatorias contra empresas por prácticas antisindicales. En la Región de O’Higgins, según la dirección regional del ente, se multó a la Corporación Municipal de Educación, Salud y Atención de Menores de San Fernando (Cormusaf) y a la empresa constructora Gardilcic Ltda.

En el caso de la Cormusaf, según detalla la nómina, fue sancionada por prácticas antisindicales, las que se encuentran detalladas en el artículo 291, letra A, del Código del Trabajo.

Según se desprende del artículo, la Cormusaf atentó “contra la libertad sindical”, ejerciendo “fuerza física o moral en los trabajadores a fin de obtener su afiliación o desafiliación sindical o para que un trabajador se abstenga de pertenecer a un sindicato, y los que en igual forma impidan u obliguen a un trabajador a promover la formación de una organización sindical”.

La multa para la corporación, dependiente de la Municipalidad de San Fernando, es de 75 UTM, equivalente a $3.443.025.

Por su parte, la empresa constructora Gardilcic Ltda. fue sancionada por “separación ilegal de dirigente sindical”. El monto de la multa es e 75 UTM.

Cifras nacionales

Desde la Dirección del Trabajo explicaron que a nivel nacional fueron 19 las empresas sancionadas por el Poder Judicial por incurrir en prácticas antisindicales y de la totalidad de los casos, 16 fueron propiciados por la entidad, luego que las investigaciones administrativas corroboraran la veracidad de las denuncias presentadas por organizaciones sindicales.

En el país, los tribunales aplicaron multas que en su totalidad sumaron $44.443.728, además de ordenar el cese inmediato de las infracciones cometidas, consideradas graves por el ordenamiento legal debido a que violentan el ejercicio de la libertad sindical. También disponen las medidas de reparación que consideren adecuadas a la ilegalidad incurrida.

Al respecto el director del Trabajo, Christian Melis, detalló que “esta vez hubo el mismo número de condenas que en el segundo semestre del año pasado, que es inferior a otras oportunidades, pero cualquier atropello a la libertad sindical es grave porque quiere decir que el empleador no entiende el valor superior que significa el derecho de los trabajadores a darse la organización que estimen más pertinente para defender con más eficiencia sus derechos”.

En cuanto al desglose de las infracciones, entre las más comunes aparece la discriminación por sindicación, el reemplazo ilegal de trabajadores en huelga, entre otras.


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