Una vez que el core Gustavo Rubio decidió impedir el ingreso de la prensa, los demás consejeros presentes manifestaron su molestia pero ese día muchos dieron luces de desconocer cómo funciona el organismo en estos casos y no hicieron respetar el artículo 37 de la Ley 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, que establece lo siguiente:
-El consejo regional funcionará en sesiones ordinarias y extraordinarias. En las sesiones ordinarias podrá abordarse cualquier asunto de la competencia del consejo.
-En las sesiones extraordinarias solo podrán tratarse las cuestiones incluidas en la convocatoria.
-Las sesiones ordinarias y extraordinarias serán públicas. Su convocatoria se efectuará conforme lo determine el reglamento, el que también establecerá los casos y oportunidades en que el consejo se constituya en sesión secreta.