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Ley de Inclusión: Lo que dice de presentación personal, uniforme y rol de apoderados


La Superintendencia de Educación llama a los padres a definir en conjunto con el establecimiento temas tan fundamentales como el uso y tipo de uniforme.

JUEVES, 3 DE MARZO DE 2016
Publicado por

Jaime Castañeda

Editor El Tipógrafo


La Ley de Inclusión viene a cambiar varias costumbres arraigadas en el sistema educativo y que antes quedaban a criterio de los colegios. El espíritu del cuerpo legal se resume en la erradicación de “todas las formas de discriminación arbitraria que impidan el aprendizaje y la participación de los y las estudiantes”.

Un aspecto importante de la ley tiene que ver con la presentación personal de los escolares. ¿Quién no tuvo un compañero al que lo retaron por usar el pelo largo? Este tipo de situaciones no deben ser más un motivo para que el estudiante no esté en la sala de clases, lo mismo que el uso de aros, dejarse barba, entre otros aspectos del look.

Otro ámbito importante es el que explica Lorena Cuevas, directora regional de la Superintendencia de Educación. “El tema del uniforme no es menor”, aclara. “Un polerón de un colegio con insignia puede llegar a costar $10.000 y hay chiquillos en cuarto básico, por ejemplo, que se les pierde cinco veces y no hay plata para reponer siempre. Si el apoderado no tiene los recursos para poder comprar el uniforme completo, el estudiante no puede ser marginado de las clases ni de las actividades extracurriculares porque no tiene el buzo, por ejemplo”, explica la autoridad.

En este sentido, Lorena Cuevas aconseja a los apoderados solicitar en las escuelas y liceos “el espacio para definir no solamente el color del uniforme, sino qué tipo de uniforme es el más apropiado de acuerdo a los distintos bolsillos. No todas las familias pueden comprar la polera piqué, entonces ahí hay un espacio de decisión que es de la familia respecto de si quieren la falda a cuadrillé con polera piqué, el polerón más grueso”.

Añade que “no lo decide la dirección o el sostenedor, toda vez que el uniforme escolar no es obligación y el tipo de uniforme tiene que estar definido y registrado, consignado en el reglamento interno que tiene que ser aprobado por los apoderados”.

Finalmente, la autoridad encargada de fiscalizar el cumplimiento de la Ley de Inclusión, llama a los padres y apoderados “si tienen una denuncia o una consulta del ámbito que sea, de convivencia, escolar, útiles, uniforme, etc., que se acerquen a nuestras oficinas ubicadas en Cuevas 199, esquina de Almarza (Rancagua) o en la página web www.supereduc.cl y en el call center en el número 6006002626”.


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