Un nuevo vuelco dio el denominado «caso parvularia», luego que la Corte de Apelaciones de Rancagua revocara la decisión del Tribunal de Juicio Oral de San Fernando que absolvió a los dos imputados de la agresión sexual que sufrió Gabriela Marín, la joven que se suicidó tras enterarse que sus supuestos agresores habían quedado en libertad días después de denunciar este hecho.
Según dicta el fallo de la segunda sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Fernando Carreño Ortega, Ricardo Pairicán García y Carlos Farías Pino- se tomó la decisión luego que el abogado querellante en esta causa presentara un recurso de nulidad a la sentencia de la primera instancia, dictada el 25 de agosto de 2015; ordenando la realización de un nuevo juicio solo respecto al delito de abuso sexual calificado contra Gabriela Marín Mejías.
«La sentencia en análisis no contiene una exposición lógica y completa acerca de la valoración de la prueba, del momento que en sus conclusiones se apartan de los principios de la lógica y de las máximas de experiencia, puesto que acá se ha demostrado, además de las claras inculpaciones que la víctima hiciera de los acusados, existen otros elementos incriminatorios”, se lee en el fallo.
A esto, los ministro agregaron que “como ya se ha dicho, en relación a los acusados Briones Becerra y Pizarro Canales, por lo que de esta forma corresponde anular el fallo por haber incurrido la sentencia en el motivo absoluto de nulidad establecido (…) lo que también trae consigo la nulidad del juicio y así deberá declararse».
Pese a esto, los ministros sólo anularon la sentencia del juicio que tenía relación con el abuso sexual fundado en que “se debe considerar que la nulidad antes señalada sólo se puede referir al delito de abuso sexual calificado y, no al de robo con violencia también objeto de la acusación y sentencia, toda vez que respecto de este no se hizo por parte del recurrente alegación de nulidad alguna, lo que impide a éste tribunal un pronunciamiento al respecto”.
Finalmente se sostiene que “pareciera ser que el claro propósito de los hechores era el de violentar sexualmente a la joven, sin la existencia de un dolo de robar, lo que desprenden incluso de haberse abandonado en el sitio del suceso especies que podían tener un valor económico, tales como teléfonos, ropa y zapatillas».