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Ciudad

En Corte de Apelaciones de Rancagua presentan recurso de protección por pantalla LED

MIÉRCOLES, 29 DE OCTUBRE DE 2014
Publicado por

Equipo de Corresponsales


Quien interpuso el recurso afirma haber sido chocado por un vehículo cuyo conductor alegó haberse distraído con el letrero luminoso.


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El letrero está ubicado en la  calle Miguel Ramírez con la intersección de nuevo Einstein.

El letrero está ubicado en la calle Miguel Ramírez con la intersección de Nueva Einstein.

Esta semana, el ciudadano Sergio Alberto Fuentealba Castillo presentó un recurso de protección en la Corte de Apelaciones de Rancagua en contra “del alcalde Eduardo Soto y de la empresa de publicidad Imagen Sur”, ya que según explica, “hace quince días atrás, en un letrero instalado cerca del Homecenter, me chocó una persona por atrás y la reparación de eso llegó a los 8 millones de pesos. El  señor reconoce que se equivocó y  se distrajo por el letrero (led)”. El mencionado elemento se encuentra ubicado exactamente en la avenida Miguel Ramírez con la intersección de Nueva Einstein, al lado de un semáforo.

En los hechos relatados en el documento, el afectado indica que “es tan alto el impacto visual que el semáforo resulta inadvertido”. Asimismo, agrega que “la Ley de Tránsito ha sido vulnerada por el alcalde  al autorizar la instalación del referido letrero y por la empresa de publicidad propietaria del mismo”.

Según la declaración de Fuentealba, “no son pocos los accidentes de tránsito ocurridos en el lugar por la nulidad visual en que ha quedado sumido el semáforo, ante tal distractor instalado ahí peligrosamente”.

El recurso de protección indica que se ha infringido lo dispuesto en los artículos 104 y 105 de la Ley de Tránsito que establecen que “se prohíbe la colocación de letreros de propaganda en los caminos. El Ministerio de Obras Públicas fijará las condiciones y la distancia, desde el camino, en que podrán colocarse letreros”.

“La autoridad competente, o el tribunal,  deberá retirar  o hacer retirar  las señales no oficiales, las barreras o cualquier otro letrero, objeto publicitario, signo, demarcación o elemento que altere la señalización oficial, dificulte su percepción, reduzca la visibilidad para conductores o peatones, o que no cumpla con lo dispuesto en el artículo precedente”.

Igualmente, el recurso subraya que  hay “infracción a lo establecido en la Ordenanza Municipal sobre propaganda y publicidad”. Añadiendo que el afectado  citará la vulneración de derechos tutelados por la acción constitucional como “el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona, turbada arbitrariamente al mantener dicho anuncio de tan grandes proporciones y de iluminación incandescente a pocos metros de donde existe un semáforo, siendo un eminente peligro para todas las personas que transitan por dicha intercesión”. Y también  se vulnera -según indica el documento legal- “el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y la contaminación visual es un tipo de contaminación”. Finalmente  quien interpuso el recurso busca “establecer el imperio del derecho, ordenando quitar el letrero”

 

 

 

 

 

 

 


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