En Diario Oficial de 8 de febrero de 2013, se publicó la ley Nº20.659, que crea un régimen simplificado para la constitución, modificación y disolución de empresas y sociedades comerciales.
Sus principales características, son:
1.-Es un régimen opcional, es decir, el usuario decidirá si se acoge a sus normas, o prefiere constituir la sociedad o empresa comercial conforme las normas comunes, que siguen vigentes.
2.-Será aplicable a todo tipo de sociedades y empresas comerciales (EIRL), con excepción de las sociedades anónimas abiertas.
3.-Las sociedades y empresas comerciales se constituirán mediante la suscripción por el constituyente o los socios, según el caso, de un formulario electrónico, disponible en el sitio web del Ministerio de Economía.
4.-Suscrito el formulario, se incorporará automáticamente a un Registro de Empresas y Sociedades, electrónico, único, nacional, que depende dela Subsecretaríade Economía y Empresas de Menor Tamaño, cuyo Subsecretario será su ministro de fe.
5.-Todo este procedimiento será gratuito y muy rápido: un día.
La vigencia de la ley quedó supeditada a la dictación del reglamento respectivo, el cual fue publicado con fecha 28 de marzo de 2013, mediante D.S. Nº45, por lo cual el sistema se encuentra vigente a contar del 2 de mayo de 2013.
Mayores antecedentes o comentarios, al correo electrónico antes indicado.
Mario Barrientos Ossa.
Abogado y Magister en Derecho U. de Ch.
Profesor de Derecho Civil.
Director Revista Jurídica UAC






