
La diputada Alejandra Sepúlveda, valoró la aprobación del proyecto de ley que regula el Dicom.
“Creo que es un paso histórico, ya que no habrá más discriminación para aquellas personas que están en Dicom y que no pueden acceder a un trabajo, a atención de salud de urgencia, a la postulación de colegios o universidades, entre otros”, afirmó la diputada por el Distrito 34, Alejandra Sepúlveda, con respecto a la reciente aprobación del proyecto de ley que regula la aplicación del sistema de información comercial.
La legisladora del PRI añadió que “esta es una muy buena noticia para todos los chilenos, porque se le hace justicia a quienes, por problemas económicos, fueron castigados cayendo en el sistema. Fue un apoyo unánime en la Sala de la Cámara y agradezco el apoyo de los parlamentarios” y manifestó su esperanza de que la iniciativa sea “promulgada a la brevedad y así empiece su aplicación en todo Chile”.
Cabe recordar que la iniciativa indica, entre otros puntos, que tratándose de datos personales económicos, deberá respetarse el principio de finalidad, el que será exclusivamente la evaluación de riesgo comercial y para el proceso de crédito y dispone también que la comunicación de estos datos sólo podrá efectuarse al comercio establecido para el proceso de crédito y a las entidades que participen de la evaluación de riesgo comercial y para ese solo fin.
En ningún caso –señala el documento– se podrá exigir esta información en los procesos de selección personal, admisión en la educación escolar y superior, atención médica de urgencia o postulación a un cargo público.
Asimismo, la ley indica que los distribuidores de información de carácter económico, financiero, bancario o comercial, son las personas o empresas que realizan directamente el tratamiento, comunicación y comercialización de los datos de obligaciones económicas.
De igual manera, establece que los responsables de los bancos de datos y los distribuidores de registros o bancos o datos personales deberán, en el desarrollo de su actividad, implementar los principios de legitimidad, acceso y oposición, información, calidad de los datos, finalidad, proporcionalidad, transparencia, no discriminación, limitación de uso y seguridad en el tratamiento de datos personales.
Además, se determina que los responsables de los registros o bancos de datos personales que traten información de carácter económico, financiero bancario o comercial, no podrán comunicar los datos relativos a las deudas cuando se hayan hecho exigibles antes del 31 de diciembre de 2011 y se encuentren impagas, siempre que el monto sea inferior a $2.500.000, excluyendo intereses o reajustes.





