
Al senado fue despachado por la Cámara de Diputados el proyecto de ley sobre elecciones primarias para Presidente, parlamentarios y alcaldes.
Por 104 votos a favor, tres en contra y dos abstenciones fue aprobado en general por la Cámara de Diputados, el proyecto de ley que establece un sistema de elecciones primarias para que los partidos políticos puedan nominar a sus candidatos a Presidente de la República, parlamentarios y alcaldes.
El texto legal que fue enviado al Senado para su segundo trámite constitucional, dispone que el Servicio Electoral sea el encargado de organizar este tipo de elecciones y establece que las primarias para Presidente y parlamentarios serán a nivel nacional y se realizarán el vigésimo domingo anterior a la fecha de las elección a Presidente; en tanto que la primaria para alcaldes se hará el vigésimo domingo anterior a la elección municipal.
Las elecciones primarias se realizarán simultáneamente en las fechas indicadas para todos los candidatos de los partidos políticos y pactos electorales que participen. Esto regirá siempre que algún partido político o pacto electoral de partidos haya declarado candidaturas para las elecciones primarias, y estas votaciones se realizarán sólo en los territorios electorales donde se hayan declarado candidatos, es decir, en todas las circunscripciones electorales en el caso de la elección de Presidente de la República; las circunscripciones senatoriales para la elección de senadores; el distrito electoral para los diputados y la comuna para los alcaldes.
El proyecto agrega que en la elección conjunta de Presidente y parlamentarios podrá haber un pacto electoral para las elecciones presidenciales y otro diferente para las de legisladores. En tanto, el pacto para las elecciones parlamentarias deberá ser común, abarcando todas las circunscripciones senatoriales y distritos. En el caso de los alcaldes, el pacto deberá ser común, abarcando todas las comunas.
El consejo general de cada partido decidirá si participa en una elección primaria para nominar a su candidato a Presidente de la República, si lo hace en forma individual o mediante pacto y la nominación de los candidatos para dicha elección y determinarán también la participación en primarias para parlamentarios y alcaldes, los territorios en que participará y la nominación de los candidatos.
Asimismo, el texto considera distintos ámbitos relacionados con el proceso, como la inscripción de candidaturas, estableciendo plazos y requisitos; así como la exigencia de que los partidos políticos o pactos deberán presentar al Servicio Electoral la norma para determinar el padrón electoral, donde habrá cinco alternativas; y que a las elecciones primarias les serán aplicables las disposiciones de la Ley de Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral, salvo lo relacionado con las campañas electorales propiamente tal. En la discusión, en tanto, sólo se rechazó el artículo 28 del proyecto, que eliminaba la transmisión gratuita de propaganda electoral por los canales de televisión de libre recepción.






