PUBLICIDAD
Actualidad

Nueva Ley Postnatal comenzará a regir este lunes

VIERNES, 14 DE OCTUBRE DE 2011
Publicado por

Diana Cabezas Abarca


Esto luego de la publicación en el Diario Oficial, permitiendo a todas las mujeres que se vean beneficiada realizar los trámites de manera inmediata.


PUBLICIDAD

Nueva Ley de Postnatal permitirá beneficiar al padre en la extensión del cuidado de su hijo.

A contar de este lunes y luego de su publicación en el Diario Oficial, comenzará a regir la nueva Ley de Postnatal, lo que beneficiará principalmente a todas las mujeres que ya cumplieron los dos meses y medio legales de la antigua legislación, y que podrán extender este beneficio.

Esto también correrá para aquellas que ya están en sus trabajos, pero que tienen hijos menores de seis meses de vida, ya que podrán volver a sus casas por el tiempo que les queda.

En esta nueva ley se agregan las mujeres que tuvieron un hijo prematuro y que no tuvieron acceso a su prenatal. Ellas también podrán tomar esas seis semanas de permiso y sumarlas al postnatal. Así como las temporeras y trabajadoras a honorarios, incluidas por primera vez. Ahora, lo más novedoso, es la entrega en forma voluntaria de algunas semanas al padre, quien podrá hacer uso de este permiso.

Los nuevos puntos de la ley que se cambiaron

El actual postnatal de 12 semanas se extiende en 12 semanas adicionales, hasta alcanzar las 24 semanas íntegras, mediante un permiso parental que se entrega a la madre trabajadora y que tendrá un subsidio con tope de 66 UF brutas.

Si está de pre o postnatal, se sigue haciendo uso de él hasta las 24 semanas ó 30, si se ejerce la opción del mediodía. Si ya volvió a trabajar y la guagua tiene menos de 24 semanas a la fecha de publicación de la ley, debe darle aviso al empleador con 5 días de anticipación de que hará uso del tiempo que le queda de las 24 ó 30 semanas.

Las mujeres que ya volvieron a trabajar deberán dar aviso a su empleador personalmente, dejando constancia escrita, o mediante carta certificada y avisar a la Inspección del Trabajo. Basta el aviso, no se necesitan más antecedentes. Si la madre no ha vuelto a trabajar, debe avisar con un mínimo de 30 días de anticipación a su empleador, con copia a la Inspección del Trabajo, si va a usar el permiso en medias jornadas. Si no lo hace, se entiende que se toma las 24 semanas en jornada completa.

No se necesita licencia para la extensión, basta con la licencia utilizada para el postnatal de las primeras 12 semanas.

Todas las mujeres tendrán libertad para elegir la mejor forma de ejercer este nuevo derecho pudiendo optar a: 12 semanas con permiso completo, con 100% de subsidio con tope de 66UF; 18 semanas a media jornada, con un 50% de subsidio correspondiente.

El beneficio se puede traspasar: Si la madre decide tomarse 12 semanas a jornada completa, puede traspasar hasta un máximo de 6 semanas al padre a jornada completa; Si la madre decide tomarse 18 semanas a media jornada, puede traspasar al padre hasta un máximo de 12 semanas en media jornada; En ambos casos, cuando el padre hace uso de este derecho, el subsidio correspondiente se calcula en base al sueldo del padre; El padre tendrá derecho a fuero por el doble del periodo que se tome a jornada completa o a un máximo de tres meses si lo utiliza a jornada parcial.

La madre tiene que avisar a su empleador 30 días antes que termine el postnatal. El padre tiene que dar, al menos, 10 días de aviso a su empleador antes de ejercerlo, mandando copia al empleador de la mujer y a la Inspección del Trabajo.

Los actuales 5 días permanecen inalterados.

Las mujeres trabajadoras que podrán acceder al postnatal parental son las beneficiadas por el nuevo sistema. Con la publicación de la ley en el Diario Oficial, la norma será automáticamente aplicable a todas las mujeres que en ese momento estén con su pre o postnatal, y además a todas aquellas que, habiendo terminado su postnatal, tienen un hijo menor de 24 semanas.

Así como las mujeres que son trabajadoras dependientes o independientes (temporeras, por obra o faena, honorario, cuenta propia como las feriantes, comerciantes, etc.) que estén afiliadas, trabajando y tengan un mínimo de cotizaciones. Adicionalmente a partir del 1 de Enero del 2013, se incorpora el 100% de las mujeres cuyo último contrato fue a plazo fijo, por obra o faena, incluidas las temporeras, que no estén trabajando al momento de tener a sus hijos, pero tengan 1 año de filiación y al menos 8 cotizaciones continuas o discontinuas en los últimos 24 meses.

También aquellas trabajadoras a honorarios o cuenta propia que cotizan independiente: En el caso de las trabajadoras independientes (honorarios o cuenta propia), para tener su subsidio maternal, necesitan tener 1 año de afiliación previsional y 6 o más cotizaciones, continuas o discontinuas, dentro de los 6 meses anteriores al prenatal, pagando la cotización correspondiente al mes anterior al que empieza la licencia.

Se suman las trabajadoras dependientes: necesitan tener 6 meses de afiliación previsional y 3 o más cotizaciones, continuas o discontinuas, dentro de los 6 meses anteriores al prenatal.

Y en el caso de la trabajadora temporera: se debe distinguir entre las trabajadoras temporeras, por obra o faena que están trabajando al momento de iniciar su prenatal y las que no están trabajando en ese momento. Para las que sí están trabajando, se les aplica el pre y postnatal de acuerdo a las reglas generales. Para aquellas que no están trabajando y por primera vez tendrán este derecho, el proyecto incorpora entregarles el beneficio cuando cumplen con ciertos requisitos: 12 meses de afiliación previsional; 8 o más cotizaciones, continuas o discontinuas, en los 24 meses anteriores al embarazo; y, que su último contrato haya sido a plazo fijo, o por obra o faena. Para estos casos, el derecho empieza a regir el 1 de enero de 2013.

A las madres de niños prematuros que hayan nacido antes de las 32 semanas de gestación o pesen menos de 1.500 gramos al nacer, se les darán 6 semanas adicionales de postnatal. A las madres que hayan tenido un parto múltiple, se les concederán 7 días corridos extra de postnatal por cada hijo adicional. En caso de prematuros y múltiples se aplicará el permiso que sea mayor.

Para los padres de hijos adoptados menores de 6 meses gozarán tanto del periodo de postnatal como del nuevo periodo de postnatal parental, de acuerdo a las normas generales. Para los mayores de 6 meses y menores de 18 años, se concede al adoptante el periodo de permiso postnatal parental, con el correspondiente subsidio.

 


PUBLICIDAD
Comentarios

Cargando...
PUBLICIDAD
Loading...